INTERPRETAR LA LEY O TORCERLA; LA ELECCIÓN DE AGENTES MUNICIPALES

Por Si Estaban Con El Pendiente | Quetzalli Carolina Vázquez | La elección de agentes y subagentes municipales en Veracruz pinta para ser atípica y no precisamente por innovación democrática, sino porque en varios municipios los alcaldes pretenden disminuir el número de agencias, una medida que además de polémica es ilegal.

El argumento utilizado por varios alcaldes, entre ellos el de Santiago Tuxtla, el morenista Noe Domínguez Cadena, es que una agencia municipal debe tener al menos 2 mil 500 habitantes, por lo que aquellas comunidades que no alcancen ese número pasarán a ser subagencias o a contar con un comisario.

Noe Domínguez quiere justificar el desaparecer 80 agencias argumentando que así lo establecen los artículos 10 y 11 de la ley organica del municipio libre —lo que es completamente falso—

La Ley Orgánica establece en su artículo 10 la forma en que se organiza territorialmente un municipio: cabecera municipal, rancherías, congregaciones, comunidades, agencias y subagencias municipales, es decir, reconoce estas figuras como parte de la estructura territorial y administrativa del municipio pero en ningún punto ese artículo establece un número mínimo de habitantes para que una agencia municipal exista o continúe funcionando.

El artículo 11 señala que los centros de población que alcancen aproximadamente 2 mil 500 habitantes pueden ser considerados para contar con una agencia municipal y expertos en derecho refieren que, “aproximadamente”, implica un criterio orientativo, no una obligación rígida, se refiere a la posibilidad de crear nuevas agencias, no a un requisito para que las existentes continúen funcionando por lo que se puede concluir que la ley no ordena desaparecer agencias que tengan menos de 2,500 habitantes y tampoco establece que para existir deban cumplir ese número.

Para modificar la organización territorial, el ayuntamiento tendría que justificarlo, discutirlo y aprobarlo en cabildo, y aun así no puede contradecir lo que establece la ley estatal por lo tanto el
argumento de que “la ley obliga a que una agencia tenga mínimo 2,500 habitantes” es incorrecto; la ley solo menciona ese número como referencia para la posible creación de nuevas agencias, no como una condición para eliminar las que ya existen.

Es importante mencionar que la Ley Orgánica del Municipio Libre no ha sido reformada en ese sentido, la última reforma data de 2024, y en ningún momento se modificaron los artículos que regulan la organización territorial de los municipios para permitir la desaparición de agencias basada únicamente en el número de habitantes; para que eso ocurriera tendría que existir una reforma aprobada por el propio Congreso, cosa que simplemente no ha sucedido.

Para modificar la organización territorial, el ayuntamiento tendría que justificarlo, discutirlo y aprobarlo en cabildo, y aun así no le está permitido contradecir lo que establece la ley estatal.

¿Quién los mal asesoró?

Resulta que esa mala información les fue proporcionada por el Congreso de Veracruz, poder desde donde inició la ilegalidad con el aval del titular de la Junta de Coordinación Política, Esteban Bautista, quien encabezó los trabajos para fijar los lineamientos para la elección de agentes municipales.

El equipo de Bautista Hernández mal asesoró a los munícipes con la intención de «ayudarlos» a disminuir la carga económica que representa el pago a los agentes municipales.

Aceptar que en el Congreso se cometió un error al abrir la puerta a esa interpretación sería preocupante porque estaríamos hablando de que en el Poder Legislativo se toman decisiones o se dan orientaciones sin revisar la ley, sin medir las consecuencias y sin importar los conflictos que eso puede generar en los municipios.

Si los presidentes municipales actuan bajo la idea de que la ley los obliga a algo que no está escrito en ninguna parte, entonces también queda en evidencia la ausencia de asesoría jurídica de calidad en muchos ayuntamientos, creer en un dicho sin confirmar lo que realmente establece la ley no sólo revela precipitación política sino ineptitud.

Entonces, el problema podría ser doble: un Congreso que abre interpretaciones que la ley no respalda… y ayuntamientos que las repiten sin siquiera revisar el marco legal.

Si la explicación que recibieron los alcaldes fue incorrecta, corresponde al Congreso aclararlo de inmediato, antes de que el conflicto escale y termine en los tribunales o se resuelva a golpes o plomazos como se acostumbra en el sur del estado.

Si el congreso de Veracruz realmente quiere ayudar a los alcaldes y disminuir la carga económica que representa en las agencias municipales, tendrá que legislar al respecto y eso es algo que no harán por el impacto electoral que para morena representaría la perdida de votos de los ciudadanos que exigen representación.

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